¿Cómo presentar la declaración anual para personas morales?

El 31 de marzo de cada año es la fecha límite para que las personas morales realicen su declaración anual. Aquí te explicamos todo lo que debes saber al respecto:

 

¿Qué es una persona moral?

 

Es una empresa o asociación constituida por una sociedad en donde cada uno de los que la conforman tienen derechos y obligaciones.

 

Las personas morales pueden registrarse en dos regímenes fiscales:

 

  • Régimen general por ley, que incluye 3 tipos de sociedad:

 

  • Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.).

 

  • Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S.).

 

  • Sociedad Civil (S.C.).

 

  • Régimen con fines no lucrativos.

 

¿Cómo hacer una declaración anual para persona moral?

 

La declaración anual es obligatoria para todas las personas morales, sin importar el tipo de régimen bajo el cual estén registradas ni sus ingresos anuales.

 

 

Aquí te damos un paso a paso para hacerla fácilmente:

 

  1. Ingresa al portal del SAT.

 

  1. Elige la sección “Personas morales”.

 

  1. Haz clic en “Presentar declaración”.

 

  1. Ingresa tu RFC, contraseña y firma.

 

  1. Selecciona el ejercicio fiscal que declararás.

 

  1. Elige la opción “Declaración Normal”.

 

  1. El SAT te mostrará información prellenada sobre tus ingresos.

 

  1. Si hay algunos que hagan falta, ingrésalos manualmente.

 

  1. Da clic en la pestaña “Deducciones autorizadas”.

 

  1. Ingresa manualmente todas las deducciones que tienes autorizadas, según tu tipo de régimen fiscal, excepto “Sueldos, salarios y asimilados”, esos ya vienen precargados.

 

Aquí es importante que pongas mucha atención porque deberás elegir las deducciones del catálogo de opciones que se te muestra e ingresar los montos.

 

Además, en la parte de “Deducciones relacionadas con la nómina”, deberás indicar la cantidad de sueldos y salarios, lo generado por la Participación de Utilidades (PTU) y las cuotas de aportaciones al IMSS, Infonavit y Afore.

 

Y en el apartado de “Determinación de costo de ventas” debes especificar qué tipo de determinación es, qué sistema de costo utilizas y algunos datos sobre el costo de tu materia prima.

 

  1. Da clic en “Determinación” y llena los siguientes campos:

 

  • Disminución de la PTU.

 

  • Pérdidas fiscales, sólo en caso de que las tengas. Aquí deberás indicar el importe que deseas abonar o aplicar para reducir los impuestos en esta declaración.

 

  • Elegir los estímulos fiscales que aplican a tus impuestos.

 

  • Cantidad de dividendos o impuestos pagados en el extranjero, en caso de que aplique.

 

  1. Haz clic en “Pago” y agrega, en caso de que aplique, subsidios, compensaciones o cualquier otro estímulo.

 

  1. En “Datos adicionales” podrás agregar si recibiste un préstamo en el extranjero y el sistema te dirá cuánto debes pagarles a tus empleados por PTU, en caso de que aplique.

 

  1. Da clic en “Administración de la declaración”.

 

  1. Adjunta tus estados financieros.

 

  1. Envía tu declaración.

 

  1. Descarga tu acuse y, en caso de que el SAT determine que le debes, haz el pago correspondiente.

 

¿Qué cosas son deducibles para personas morales?

 

Hay algunas cosas que son deducibles de impuestos, es decir, te ayudan para pagarle menos al SAT, aquí te decimos cuáles son las que pueden deducir las personas morales.

 

Conceptos deducibles Ejemplos
Gastos de movilidad. La gasolina, diésel y otros combustibles, así como la adquisición de un vehículo nuevo.
Devoluciones, descuentos y bonificaciones. Las devoluciones que recibas y los descuentos y bonificaciones que hagas a tus clientes.
Donativos. Las donaciones económicas que hagas a fundaciones y organizaciones sin fines de lucro.
Intereses pagados por préstamos. De los préstamos que hayas tramitado a nombre de tu empresa y, por lo tanto, se hayan invertido en la actividad de ésta.
Compra de bienes. Compra de artículos ligados a la actividad de tu empresa como computadoras, monitores, etcétera.
Beneficios laborales para tus empleados. Pago de las cuotas del IMSS, Seguros por Desempleo, pensiones, jubilaciones, etcétera.
Créditos incobrables y pérdidas. Créditos de hasta 30 mil UDIS de los cuales haya pasado un año desde que se cayó en mora o si superan los 30 mil UDIS que se haya iniciado un proceso judicial en contra del moroso. También aplica si el deudor está en quiebra. 

 

Solo recuerda que para hacer efectiva la deducción debes hacer los pagos por medio de cheques, transferencias o con tarjetas y deberás solicitar facturas a nombre de la empresa.

 

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