Discrepancia fiscal por tarjetas de crédito: ¿cuándo ocurre y qué hacer?

 

Artículo escrito por: Hugo Ortiz, especialista en Régimen Simplificado de Confianza (Resico), columnista en El Financiero y conductor del programa de radio Frecuencia Fiscal. 

 

Para algunos, las tarjetas de crédito son un símbolo de estatus, una forma de pago o un medio de financiamiento. Para otros, son un medio que utiliza el SAT para fiscalizar a los contribuyentes… ¿tú también crees eso? Como diría Adal Ramones: “¡Pues no es cierto!”. 

 

Sin embargo, la tarjeta de crédito, junto con el uso que le das y tus ingresos, es una herramienta muy útil para conocerte como individuo, y no solo para el SAT, sino para cualquier comercio o institución con la que vayas a tener algún tipo de relación comercial o financiera.

 

Por ejemplo, al solicitar una tarjeta en una tienda departamental o en cualquier banco, uno de los procesos más comunes es revisar tu información en buró para ver cuántos créditos tienes, el monto máximo del que dispones, si pagas a tiempo o no, el saldo de cada cuenta, entre otras cosas. Con eso, determinan un perfil de riesgo y deciden si te otorgan crédito o no, así como el límite del mismo.

 

Discrepancia fiscal: la incongruencia entre tus gastos y tus ingresos

 

En el caso del SAT es algo muy similar, solo que en lugar de decidir si te otorga una línea de crédito, va a decidir si los consumos que realizas con tu tarjeta de crédito son congruentes con los ingresos que declaras.

 

En términos coloquiales, si los cargos realizados a la tarjeta de crédito son mayores a tus ingresos, es una red flag, ya que teóricamente no puedes gastar más de lo que ganas. Cuando se da esta situación, gastar más de lo que ganas, el SAT lo denomina como “discrepancia fiscal”.

 

Si esta es tu situación, no te asustes, pero tampoco te relajes. Vamos a comentar algunos escenarios así que pon mucha atención.

 

Supongamos que te acaban de otorgar tu primera tarjeta, seguramente el límite de crédito es inferior al monto de tus ingresos. Esto es así porque ninguna institución es tan ingenua como para darte un monto de crédito mayor al que tienes posibilidad de pagar. En este escenario, difícilmente te encontrarás en una discrepancia fiscal.

 

Llevar tus tarjetas al límite: un costoso error financiero (y fiscal)

 

Por otro lado, si ya pasó tiempo desde que te otorgaron tu primera tarjeta, ahora es posible que tengas varias. Y aunque el límite de crédito de cada una de ellas no supere a tus ingresos, al considerarlas a todas, el límite de crédito sí puede ser mayor a tus ingresos… y eso puede ser peligroso.

 

En este caso, si no eres muy disciplinado con tus finanzas y utilizas todo el crédito disponible en las diferentes tarjetas, ante los ojos del SAT estarás gastando más de lo que ganas y, por lo tanto, tendrás una discrepancia fiscal.

 

Ojo aquí, porque incluso con una sola tarjeta de crédito puedes tener una discrepancia fiscal. Esto puede ocurrir cuando la tarjeta tiene un límite de crédito superior a tus ingresos y tú, por el motivo que sea, decides utilizarlo en su totalidad.

 

La ruta infalible hacia la discrepancia fiscal

 

Un último escenario puede ser aquel donde usas una o varias tarjetas y tienes ingresos que no le informas al SAT (o solo le informas una parte).

 

En este supuesto es casi un hecho que tendrás una discrepancia fiscal, ya que, si el SAT llega a cuestionarte sobre tus gastos, no tendrás una declaración de impuestos que soporte ingresos suficientes para financiarlos.

 

Considerando los escenarios planteados anteriormente es importante que revises tu situación, ya que puedes encontrarte en zona de discrepancia fiscal sin siquiera estar enterado.

 

Aunque lo que ocurrió realmente fue que obtuviste un préstamo, al hacer un mal uso de tus tarjetas, esto el SAT no lo sabe, lo único de lo que se enteró es que tus erogaciones sobrepasaron tus ingresos y eso, como ya lo mencioné, no está bien visto.

 

¡Tengo una discrepancia fiscal! ¿Qué debo hacer?

 

Te explico: en la declaración anual hay un campo para informar los préstamos recibidos. Si bien es cierto que solo es obligatorio informarlos cuando al sumarse con donativos y premios excedan, en lo individual o en conjunto, los 600 mil pesos, si ya sabes que estás ante una discrepancia fiscal ocasionada por el uso de las tarjetas de crédito, es mejor informarla en dicho campo. 

 

Así, cuando llegue el SAT tendrás los elementos suficientes para explicar que esa discrepancia fiscal obedece a un manejo inadecuado de tus tarjetas de crédito.

 

Ojo, esto no te asegura librarte de alguna consecuencia, pero contar con una justificación clara y soportada puede ayudarte a que el asunto quede solamente como una mala experiencia con la autoridad fiscal y no tengas que hacer un doloroso desembolso de dinero.

 

Pero si tu caso es el tercero, es decir, no declaras ingresos al SAT y sí utilizas tarjetas de crédito, estás en la relación más tóxica que te puedas imaginar, solo que todavía no llegas a la etapa de la toxicidad máxima. En otras palabras, como dice la canción: “este compa ya está muerto, nomás no le han avisado”.

 

¿Dudas, comentarios?

Si estos términos y conceptos no te quedan claros, te invito a que me sigas en mis cuentas de Twitter, Linkedin y Substack, donde con gusto puedo aclarar tus dudas y, de paso, compartirte historias de impuestos bien contadas, ¡hasta la próxima!

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